sábado, 22 de noviembre de 2014

La defensa de Lorenzo Sánchez presenta un recurso ante la Audiencia en el "caso uniformes"

Con fecha 12  de este mes ha dictado la jueza de primera instancia e instrucción del juzgado nº2 de Rota, providencia en la que eleva a la Audiencia provincial de Cádiz para su resolución el recurso de apelación presentado por el abogado José Estanislao López Gutiérrez que defiende al ex alcalde de Rota Lorenzo Sánchez  en las diligencias previas 260/2012.

Con fecha 21 de marzo el secretario local de política municipal y letrado del PSOE,  Daniel Manrique de Lara, actuando en nombre de Encarnación Niño Rico portavoz del grupo municipal socialista y querellante, interesó al Juzgado la práctica de unas diligencias de prueba, entre ellas un spot  publicitario realizado por la empresa Quinqué por encargo las empresas EPIS Rotasur y COANDA. El Ministerio Fiscal llamó en calidad de testigo al propietario de la empresa Quinqué, que realizo el spot, Manuel Jesús Caballero Ruiz Mateos.


Durante su declaración Manuel Jesús Caballero Ruiz Mateos omitió informar y poner en conocimiento del Organo Judicial y de las partes intervinientes en su declaración testifical la relación de amistad que mantiene con el letrado Daniel Manrique de Lara así como la relación empresarial con el PSOE, partido que sustenta la querella contra Lorenzo Sánchez y 16 imputados mas, ya que esta empresa fue la encargada de confeccionar los videos promocionales de este partido en la campaña Municipales 2.011.

Esta relación de amistad fue reconocida como cierta posteriormente, ante la evidencia que mostraban las fotos, por el propio Daniel Manrique, letrado del PSOE, en su escrito de adhesión parcial al recurso de reforma presentado por la defensa de Lorenzo Sánchez.

De ahí que, pese a ya estar conseguido el objetivo pretendido con la aportación de las fotos, que no era otro que poner en conocimiento del Organo Judicial la amistad, hasta entonces no reconocida, entre el testigo y el abogado Daniel Manrique, llame la atención la decisión judicial de no admitir su unión a los autos.

 En el mencionado recurso de apelación la defensa de Lorenzo Sánchez aporta diferentes fotos en las que se muestra la buena amistad que mantienen Daniel Manrique de Lara y Manuel Jesús Caballero, fotos que han sido inadmitidas como prueba por la Jueza de 1º instancia e instrucción 2 de Rota motivo por el que ha sido elevado a la Audiencia Provincial.

La Defensa, en su escrito de alegaciones, señala que, de acuerdo con el Art.436 de la LECr., “El testigo manifestará primeramente su nombre, apellidos paternos y maternos, estado y profesión si conoce o no al procesado y a las demás partes, y si tiene con ellas parentesco amistad o relaciones de cualquier otra clase” y que por tanto no se trata sólo de si el testigo conoce al procesado y a las demás partes, sino también de las relaciones de “cualquier clase” que pueda tener con el procesado o con las demás partes y, en el presente caso, las fotografías aportadas por la defensa de Lorenzo Sánchez muestran la relación de buena amistad que une al testigo Manuel Caballero con  Daniel Manrique de Lara abogado de la querellante que no se puso de manifiesto por este en su declaración. Lo que se considera que puede incidir en la falta de credibilidad de éste.

Si se comparan las pruebas aportadas por la defensa de Lorenzo Sánchez y el testimonio del Sr. Caballero ya se advierte, una clara discrepancia que muestra una escasa credibilidad del testimonio del Sr. Caballero y si esto se relaciona con la amistad de este con el letrado Daniel Manrique, el cargo político de este como secretario local de política municipal y su relación empresarial con PSOE, se pone de manifiesto aún más que la credibilidad del testigo esta seriamente afectada y ello incide en la verosimilitud del resto de su testimonio.


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